Según el artículo 22 letra n de la Ley de Orgánica de la Universidad de El Salvador (LOUES), el Consejo Superior Universitario autoriza la ejecución de misiones oficiales con duración mayor de cinco días. El artículo 26 letra g de la LOUES establece que el Rector tiene la facultad de autorizar la ejecución de misiones oficiales hasta por cinco días.
Aprobadas por el Consejo Superior Universitario
Aprobadas por Rectoría
Registro complementario Facultades
Nota: este apartado se encuentra en proceso de actualización en espera de orientación IAIP